Sancionada: Noviembre 27 de 2013
Promulgada: Diciembre 16 de 2013
Publicada en el Boletín Oficial del 30 de diciembre de 2013
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° – Dispónese un nuevo plazo de ejecución, a partir del 12 de diciembre de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2015, del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por ley 26.216, prorrogado por Decreto 560 de fecha 3 de abril de 2008 y por las leyes 26.520, 26.644 y 26.792.
ARTICULO 2° – Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE.
AMADO BOUDOU. – JULIAN A. DOMINGUEZ. – Juan H. Estrada. – Gervasio Bozzano.
Decreto 2157/2013 – Promúlgase la Ley Nº 26.919.
Bs. As., 16/12/2013
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.919 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. – FERNANDEZ DE KIRCHNER. – Jorge M. Capitanich. – Julio C. Alak.