Sancionada: Noviembre 14 de 2012
Promulgada: Diciembre 11 de 2012
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º – Dispónese un nuevo plazo de ejecución, por el término de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de la presente, del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por ley 26.216, prorrogado por decreto 560 de fecha 3 de abril de 2008 y por las leyes 26.520 y 26.644.
ARTICULO 2º – Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE. – REGISTRADO BAJO EL Nº 26.792-
BEATRIZ ROJKES de ALPEROVICH. – JULIAN A. DOMINGUEZ. – Gervasio Bozzano. – Juan H. Estrada.