Sancionada: Octubre 13 de 2010
Promulgada: Noviembre 15 de 2010
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Dispónese un nuevo plazo de ejecución, por el término de DOS (2) años a partir de la entrada en vigencia de la presente, del PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO creado por Ley Nº 26.216 y prorrogado por Decreto Nº 560 de fecha 3 de abril de 2008 y por Ley Nº 26.520.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA TRECE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
Decreto 1629/2010
Promulgación de la Ley 26.644
Buenos Aires 15 de noviembre de 2010
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.644 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Julio C. Alak.