Adecuación a las prescripciones de la Disposición RENAR 197/06

DISPOSICION RENAR 199/06

BUENOS AIRES, 28 de agosto de 2006

 VISTO la Disposición RENAR N° 197 del 23 de agosto de 2006 y,

 CONSIDERANDO:

Que por medio de la Disposición RENAR N° 197/06 se fijaron los requisitos a cumplir a fin de acceder a la condición de Legítimo Usuario de Armas de Fuego de Uso Civil o de Uso Civil Condicional.

Que por conducto del artículo 2° de la disposición citada se instruyó a las distintas áreas del Registro Nacional de Armas que los trámites para la obtención de la condición de legítimo usuario sólo serían recepcionados una vez cumplimentados la totalidad de los requisitos allí previstos.

Que, asimismo, en virtud del artículo 3° se estableció que las solicitudes de credencial de Legítimo Usuario que se encontraren pendientes a la fecha de entrada en vigencia de la precitada Disposición RENAR N° 197/06, deberían ser adecuadas a sus prescripciones.

Que en la operatoria habitual de este Registro Nacional de Armas se recepcionan distintas solicitudes de autorizaciones en diversas categorías que resulta menester adecuar a los nuevos requisitos fijados.

Que las Coordinaciones de Operaciones y Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para adoptar la presente medida en virtud de lo dispuesto por las Leyes N° 20.429 y N° 24.492, Decretos N° 395 del 20 de febrero de 1975, N° 252 del 16 de febrero de 1994, N° 821 del 23 de julio de 1996, N° 1023 y N° 1024 ambos del 9 de agosto de 2006 y demás normativa de aplicación.

Por ello, EL DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS DISPONE:

ARTICULO 1°.- Establécese que, al momento de su presentación, las distintas solicitudes de autorizaciones en las diversas categorías que tramiten por el Registro Nacional de Armas deberán adecuarse a las prescripciones de la Disposición RENAR N° 197/06, con excepción de aquellas que se indiquen por instructivo interno.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, regístrese, incorpórese al Banco Informatizado de Datos y una vez cumplido, archívese.

Dr. ANDRES MATIAS MEISZNER

DIRECTOR NACIONAL – RENAR

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