Entrada en vigor de las Disposiciones Renar 091/05 y 093/05

Disposición RENAR 096/05

 Derogada por la Disposición Renar 487/07

Buenos Aires, 17 de mayo de 2005

VISTO las Disposiciones RENAR N° 091 y N° 093 del día 13 de mayo de 2005, y

CONSIDERANDO: Que por conducto de la Disposición RENAR N° 091 de fecha 13 de mayo de 2005 se establecieron los requisitos que los Usuarios Individuales comprendidos en el artículo 53 inciso 2) del Decreto N° 395 del 20 de febrero de 1975, en actividad o en situación de retiro, deberían cumplimentar respecto de sus armas particulares, a fin de obtener las credenciales que, en cada caso, soliciten.

Que, por su parte, la Disposición RENAR N° 093 de fecha 13 de mayo de 2005 derogó la Directiva (reservada) RENAR N° 38 de fecha 14 de setiembre de 1992, estableciendo los requisitos que los miembros de la Policía Federal Argentina, policías provinciales y de los Servicios Penitenciarios federales y provinciales, en actividad o situación de retiro, debían cumplimentar a fin de obtener sus credenciales de Legítimo Usuario, tenencias y portaciones sobre material de uso civil condicional y sobre material de uso prohibido.

Que razones operativas hacen aconsejable que se otorgue un plazo razonable, a los fines de que se establezcan los mecanismos institucionales que posibiliten el adecuado cumplimiento de los requisitos establecidos en las disposiciones arriba citadas.

Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente de conformidad con las facultades que le confieren las Leyes Nros. 20.429, 23.979, 24.492, el Decreto N° 395 del 20 de febrero de 1975 y normas modificatorias y complementarias.

Por ello, EL DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS DISPONE:

ARTICULO 1°: Establécese que las Disposiciones RENAR N° 091 y N° 093 ambas de fecha 13 de mayo de 2005, entrarán en vigor el día 1° de julio de 2005, a los efectos de permitir, por parte de las fuerzas en ellas involucradas, el adecuado cumplimiento de los requisitos establecidos en las mismas.

ARTICULO 2°.- Comuníquese, regístrese, incorpórese al Banco Nacional Informatizado de Datos del RENAR y cumplido, archívese.

JUAN CARLOS RAMOS – DIRECTOR NACIONAL – RENAR

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