Derogación Directiva N° 38

DISPOSICION RENAR 093/05

Derogada por Disposición Renar 487/07

Buenos Aires, 13 DE MAYO DE 2005

VISTO las Leyes N° 20.429, N° 23.979, N° 24.492 y N° 25.326, elDecreto N° 395 de fecha 20 de febrero de 1975, la Directiva(reservada) RENAR N° 38 de fecha 14 de setiembre de 1992, laDisposición RENAR N° 103 de fecha 2 de diciembre de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la Directiva (reservada) RENAR N° 38 del 14de setiembre de 1992 se reguló el procedimiento y los requisitos acumplimentar por los miembros de la Policía Federal Argentina, policías provinciales y de los Servicios Penitenciarios federales yprovinciales, en actividad o situación de retiro, a fin de obtenersus credenciales de Legítimo Usuario, tenencias y portaciones sobrematerial de uso civil condicional y sobre material prohibido.

Que razones operativas hacen aconsejable derogar la citada directiva, a fin de readecuar los requisitos que deben cumplimentar los usuarios arriba citados para obtener las credenciales que peticionen.

Que las COORDINACIONES DE OPERACIONES y de ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención que les compete.

Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente de conformidad con las facultades que le confieren las Leyes Nros. 20.429, 23.979, 24.492, el Decreto N° 395 del 20 de febrero de 1975 y normas modificatorias y complementarias.

Por ello, EL DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS DISPONE:

ARTICULO 1°: Derógase la Directiva (reservada) RENAR N° 38 de fecha 14 de setiembre de 1992.

ARTICULO 2°.- Los miembros de la Policía Federal Argentina, policías provinciales y de los Servicios Penitenciarios federales y provinciales, en actividad o situación de retiro, a fin de obtener sus credenciales de Legítimo Usuario, tenencias y portaciones sobre material de uso civil condicional y sobre material de uso prohibido, deberán cumplimentar los requisitos que, para cada caso se establecen, en el Instructivo que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3°.- Los formularios que, en cada caso correspondan, deberán presentarse firmados por el solicitante, con certificación de firma y debidamente intervenidos por la autoridad superior que cada fuerza determine, indicando la situación de revista y la jerarquía del peticionante. A estos efectos, las fuerzas respectivas deberán remitir un listado conteniendo el nombre y los datos de las personas autorizadas a intervenir los formularios.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, regístrese, incorpórese al Banco Nacional Informatizado de Datos del RENAR y cumplido, archívese.

JUAN CARLOS RAMOS – DIRECTOR NACIONAL – RENAR

ANEXO I

INSTRUCTIVO USUARIOS INDIVIDUALES COMPRENDIDOS EN EL ARTICULO 53 INCISO 3) DEL DECRETO N° 395/75 (Miembros de las Policías Federal y provinciales, Servicio Penitenciario Federal e Institutos Penales provinciales).

  1. REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA CREDENCIAL DE LEGÍTIMO USUARIO DE ARMAS DE FUEGO PARA EL PERSONAL EN ACTIVIDAD.

Presentación: Se efectúa únicamente a través del Formulario Ley N° 23.979 tipo 01A (Uso Civil) ó Formulario Ley N° 23.979 tipo 01 (Uso Civil Condicional), según la categoría que corresponda, el cual deberá estar completo, firmado por el solicitante y su firma certificada.
Intervención de la Jefatura del Organismo al que pertenezca el solicitante: se efectúa al dorso de cada Formulario Ley 23.979, certificando la jerarquía y situación de revista del peticionante yprestando la conformidad prevista en el artículo 53 inciso 3) del Decreto N° 395/75. Tal intervención deberá estar fechada, debiendo suscribirla la autoridad superior que cada fuerza determine.
Fotocopias certificadas de: Documento Nacional de Identidad y último recibo de haberes.
Acreditación de domicilio real: Fotocopia certificada del documento de identidad en el que conste su actual domicilio real (Documento Nacional de Identidad). En el caso que no se encuentre actualizado el domicilio en el documento de identidad, deberá agregarse fotocopia certificada de factura de servicios a su nombre que detalle el domicilio declarado.
Acreditación de estado de salud psicofísica: Mediante certificado expedido por profesional matriculado donde conste fecha, nombre, apellido y número de documento del solicitante, indicando expresamente si se encuentra apto tanto física como psíquicamente. También deberá contener firma y sello con número de matrícula, dirección y teléfono del profesional interviniente. La validez de dicho certificado será de NOVENTA (90) días desde suexpedición, debiendo presentarse ante este REGISTRO NACIONAL DE ARMAS.

  1. REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA CREDENCIAL DE LEGÍTIMO USUARIO DE ARMAS DE FUEGO PARA EL PERSONAL EN SITUACIÓN DE RETIRO.

Presentación: Se efectúa únicamente a través del Formulario Ley N° 23.979 tipo 01A (Uso Civil) ó Formulario Ley N° 23.979 tipo 01 (Uso Civil Condicional), según la categoría que corresponda, el cual deberá estar completo, firmado por el solicitante y su firma certificada.
Intervención de la Jefatura del Organismo al que pertenezca el solicitante: se efectúa al dorso de cada Formulario Ley 23.979, certificando la jerarquía y situación de revista del peticionante yprestando la conformidad prevista en el artículo 53 inciso 3) del Decreto N° 395/75. Tal intervención deberá estar fechada, debiendo suscribirla la autoridad superior que cada fuerza determine.
Fotocopias certificadas de: Documento Nacional de Identidad y último recibo de haberes.
Acreditación de domicilio real: Fotocopia certificada del documento de identidad en el que conste su actual domicilio real (Documento Nacional de Identidad). En el caso que no se encuentre actualizado el domicilio en el documento de identidad, deberá agregarse fotocopia certificada de factura de servicios a su nombre que detalle el domicilio declarado.
Acreditación de estado de salud psicofísica: Mediante certificado expedido por profesional matriculado donde conste fecha, nombre, apellido y número de documento del solicitante, indicando expresamente si se encuentra apto tanto física como psíquicamente. También deberá contener firma y sello con número de matrícula, dirección y teléfono del profesional interviniente. La validez de dicho certificado será de NOVENTA (90) días desde suexpedición, debiendo presentarse ante este REGISTRO NACIONAL DE ARMAS.
Certificado de inexistencia antecedentes judiciales: Presentación personal ante el REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA Y ESTADÍSTICA CRIMINAL, sito en Tucumán 1353, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en horario de 7.30 a 13.30 hs. Asimismo podrá optar por autorizar a RENAR su tramitación por medio del Formulario Ley N° 23.979 tipo 05(valor $10), enviando dos juegos de fichas dactiloscópicas tomadas por la autoridad policial de la jurisdicción o Delegaciones del Organismo, junto con el comprobante de pago o giro por la tasa que percibe ese Registro. La presentación del mismo deberá realizarse ante el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS dentro de los NOVENTA (90) días de su expedición. De registrar antecedentes corresponde además remitir estado actual de la/las causas informadas.

  1. REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE TENENCIAS (Personal en actividad o retirado).

F.L. tipo 02: Para el otorgamiento de la autorización de tenencia definitiva sobre armas de Uso Civil Condicional.
F.L. tipo Anexo A: Para el otorgamiento de la autorización de tenencia definitiva sobre armas de Uso Civil.
F.L. tipo 05: Para el otorgamiento de la tarjeta de control de consumo de munición por cada calibre sobre el cual se haya solicitado su tenencia.
Los Formularios Ley N° 23.979 deberán tener la correspondiente intervención de la Jefatura del Organismo al que pertenezca el solicitante, se efectúa al dorso de cada Formulario Ley N° 23.979, certificando la jerarquía y situación de revista del peticionante yprestando la conformidad prevista en el artículo 53 inciso 3) delDecreto N° 395/75. Tal intervención deberá estar fechada, debiendo suscribirla la autoridad superior que cada fuerza determine.
NOTA: Para el caso de transferencia entre particulares, se deberá adjuntar la tenencia original del transmitente, o documentación sobre el origen del arma. Si el material posee registro ante lasFFAA corresponde solicitar previamente la pertinente autorización de transferencia.

  1. SOLICITUD DE PORTACION (Personal en actividad).

Se efectúa a través del Formulario Ley N° 23.979 tipo 04, con la debida intervención de la Jefatura del Organismo al que pertenezca el solicitante al dorso del Formulario Ley N° 23.979, certificando la jerarquía y situación de revista del peticionante y prestando la conformidad prevista en el artículo 53 inciso 3) del Decreto N° 395/75. Tal intervención deberá estar fechada, debiendo suscribirla la autoridad superior que cada fuerza determine.

  1. SOLICITUD DE PORTACION (Personal retirado).

Se efectúa a través del Formulario Ley N° 23.979 tipo 04, con ladebida intervención de la Jefatura del Organismo al que pertenezcael solicitante al dorso del Formulario Ley N° 23.979, certificando la jerarquía y situación de revista del peticionante y prestando laconformidad prevista en el artículo 53 inciso 3) del Decreto N° 395/75. Tal intervención deberá estar fechada, debiendo suscribirla la autoridad superior que cada fuerza determine.
Deberá además presentar:
Certificación de aptitud psicofísica.
Certificado de inexistencia de antecedentes judiciales.

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