Instauración del 20 de Junio como Día del Legítimo Usuario de Armas de Fuego

Disposición Renar 164/03

BUENOS AIRES, 23 de Mayo de 2003

VISTO:  El discurso del Sr. Presidente de las «Jornadas de Derecho y Ley de Armas» Dr. Aldo Montesano Rebón, en el mes de Octubre de 1998 en el Regimiento I de Patricios , y 

CONSIDERANDO 

Que tal como lo expusiera en el mismo, en el marco de la 2da. Invasión Inglesa es que se organiza el Regimiento 1 Patricios –orgullo de esta ciudad-. Sus integrante eligen a los jefes y entre los elegidos se encuentra un civil, Secretario del Consulado, abogado, don Manuel Belgrano, que pasa a transformarse así en el primer Legítimo Usuario de Armas de Fuego, toda vez que como ajeno a ellas que era, tomo lecciones en el manejo de las mismas e inició así el camino –con aciertos, errores y una gran vocación por la patria- hacia nuestra independencia. 

Que el presente tiene por objeto establecer el día del «LEGITIMO USUARIO DE ARMAS DE FUEGO», y que el Gral Belgrano por su espíritu de grandeza, valor y aporte a la causa nacional; como así también por los antecedentes que se mencionan «ut supra», tiene un perfil que nos honraría emular instaurando el Día Nacional del Legitimo Usuario de Armas de Fuego en coincidencia con el día en que él mismo pasó a la inmortalidad.

Por ello, y de conformidad con las facultades que le confieren las leyes Nros. 20.429 y 23.979 y demás normativa de aplicación.

EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS DISPONE

Artículo 1°: Designar el día 20 de Junio como el DIA NACIONAL DEL LEGITIMO USUARIO DE ARMAS DE FUEGO


Artículo 2°: Comuníquese, regístrese en el BANCO INFORMATIZADO DE DATOS y archívese.-

JOSE GENARO BÁEZ

DIRECTOR NACIONAL – RENAR

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