CIUDAD DE BUENOS AIRES Viernes 28 de Diciembre de 2018
VISTO el expediente EX-2018-68140361-APN-DNAAJYM#ANMAC, las Leyes Nros. 20.429 y 27.192, los Decretos Nros. 395 del 20 de febrero de 1975, 302 de fecha 8 de febrero de 1983, 64 del 17 de enero de 1995, 891 del 1° de noviembre de 2017, 733 del 8 de agosto de 2018 y la RESOL-2018-119-APN- ANMAC#MJ del 29 de noviembre de 2018, y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429 y sus modificatorias, regula, entre otros aspectos, la adquisición, comercialización, industrialización, uso, importación y exportación de armas, explosivos y afines.
Que la citada norma fue reglamentada mediante los Decretos Nros. 395 del 20 de febrero de 1975 y 302 de fecha 8 de febrero de 1983.
Que a través de la ley N° 27.192 se creó la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMaC), cuya misión es la aplicación, control y fiscalización de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, sus normas complementarias y modificatorias y demás normativa de aplicación.
Que mediante la RESOL-2018-119-APN-ANMAC#MJ se establecieron, entre otras, las condiciones de seguridad mínimas y las recomendaciones de seguridad, según corresponda, para la guarda y almacenamiento de Materiales Controlados por parte de los diferentes Legítimos Usuarios.
Que dicha Resolución instruye en su artículo 5° a la Dirección Nacional de Fiscalización, Resguardo y Destrucción de Materiales Controlados de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMaC) a la elaboración de los instructivos correspondientes, cuyo contenido, actualizaciones y nuevas versiones serán incluidos en el portal de la ANMaC.
Que la mencionada Dirección Nacional de Fiscalización, Resguardo y Destrucción de Materiales Controlados de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS se encuentra vacante al día de la fecha.
Que, por razones de seguridad, es necesario establecer con claridad las condiciones adecuadas en los locales comerciales que permitan mantener el material controlado a resguardo de eventuales sustracciones.
Que la unificación de parámetros para las condiciones de seguridad de las instalaciones de guarda y almacenamiento de Materiales Controlados permite agilizar y actuar tempranamente ante potenciales incidentes, maximizando de esta manera la seguridad de los sectores destinados a tal fin, facilitando la fiscalización así como brindando garantías para el usuario, de modo de lograr una importante disminución de los riesgos.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURÍDICOS Y MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para adoptar la presente medida en virtud de lo dispuesto en por las Leyes Nros. 20.429 y 27.192 y los Decretos Nros. 395/75 y 614/18.
Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS RESUELVE:
ARTÍCULO 1º- Apruébese el Instructivo destinado a establecer los criterios operativos necesarios para la correcta implementación de la RESOL-2018-119-APN-ANMAC#MJ que como Archivo Embebido al IF- 2018-68146628 se agrega a la presente y forma parte integrante de esta Resolución.
ARTÍCULO 2°- Regístrese, incorpórese al Banco Nacional Informatizado de Datos, comuníquese. Cumplido, archívese.
Eugenio Horacio Cozzi
Director Ejecutivo
Agencia Nacional de Materiales Controlados