Resolución ANMAC 137/2018 – Instructivo de la Resolución ANMAC 119/2018 de Medidas de Seguridad

CIUDAD DE BUENOS AIRES Viernes 28 de Diciembre de 2018

VISTO  el  expediente  EX-2018-68140361-APN-DNAAJYM#ANMAC,  las  Leyes  Nros.  20.429  y  27.192, los Decretos Nros. 395 del 20 de febrero de 1975302 de fecha 8 de febrero de 198364 del 17 de enero de 1995891  del  1°  de  noviembre  de  2017,  733  del  8  de  agosto  de  2018  y  la  RESOL-2018-119-APN- ANMAC#MJ del 29 de noviembre de 2018, y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429 y sus modificatorias, regula, entre otros aspectos, la adquisición,  comercialización,  industrialización,  uso,  importación  y  exportación  de  armas,  explosivos  y afines.

Que la citada norma fue reglamentada mediante los Decretos Nros. 395 del 20 de febrero de 1975 y 302 de fecha 8 de febrero de 1983.

Que a través de la ley N° 27.192 se creó la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMaC), cuya misión es la aplicación, control y fiscalización de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, sus normas complementarias y modificatorias y demás normativa de aplicación.

Que  mediante  la  RESOL-2018-119-APN-ANMAC#MJ se  establecieron,  entre  otras,  las  condiciones  de seguridad   mínimas   y   las   recomendaciones   de   seguridad,   según   corresponda,   para   la   guarda   y almacenamiento de Materiales Controlados por parte de los diferentes Legítimos Usuarios.

Que  dicha  Resolución  instruye  en  su  artículo  5°  a  la  Dirección  Nacional  de  Fiscalización,  Resguardo  y Destrucción    de    Materiales    Controlados    de    esta    AGENCIA    NACIONAL    DE    MATERIALES CONTROLADOS   (ANMaC)   a   la   elaboración   de   los   instructivos   correspondientes,   cuyo   contenido, actualizaciones y nuevas versiones serán incluidos en el portal de la ANMaC.

Que   la   mencionada   Dirección   Nacional   de   Fiscalización,   Resguardo   y   Destrucción   de   Materiales Controlados  de  esta  AGENCIA  NACIONAL  DE  MATERIALES  CONTROLADOS  se  encuentra  vacante al día de la fecha.

Que,  por  razones  de  seguridad,  es  necesario  establecer  con  claridad  las  condiciones  adecuadas  en  los locales comerciales que permitan mantener el material controlado a resguardo de eventuales sustracciones.

Que  la  unificación  de  parámetros  para  las  condiciones  de  seguridad  de  las  instalaciones  de  guarda  y almacenamiento  de  Materiales  Controlados  permite  agilizar  y  actuar  tempranamente  ante  potenciales incidentes,  maximizando  de  esta  manera  la  seguridad  de  los  sectores  destinados  a  tal  fin,  facilitando  la fiscalización así como brindando garantías para el usuario, de modo de lograr una importante disminución de los riesgos.

Que     la     DIRECCIÓN     NACIONAL     DE     ADMINISTRACIÓN,     ASUNTOS     JURÍDICOS     Y MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para adoptar la presente medida en virtud de lo dispuesto en por las Leyes Nros. 20.429 y 27.192 y los Decretos Nros. 395/75 y 614/18.

Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS RESUELVE:

ARTÍCULO 1º- Apruébese el Instructivo destinado a establecer los criterios operativos necesarios para la correcta implementación de la RESOL-2018-119-APN-ANMAC#MJ que como Archivo Embebido al IF- 2018-68146628 se agrega a la presente y forma parte integrante de esta Resolución.

ARTÍCULO   2°-   Regístrese,   incorpórese   al   Banco   Nacional   Informatizado   de   Datos,   comuníquese. Cumplido, archívese.

Eugenio Horacio Cozzi
Director Ejecutivo
Agencia Nacional de Materiales Controlados

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