Ciudad de Buenos Aires, 2/06/2021
VISTO: el Expediente N° EX-2020-17235744-APN-ANMAC#MJ del Registro de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, 287 del 17 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020 y sus prórrogas, la Decisión Administrativa N° 524 de fecha 18 de abril 2020, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 3 de fecha 14 de marzo de 2020, las Disposiciones de la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES Nros. 1 de fecha 17 de marzo de 2020, 2 de fecha 13 de abril de 2020, 3 del 27 de mayo de 2020, 1 de fecha 29 de enero de 2021, 2 del 26 de Febrero de 2021, 3 del 30 de marzo de 2021 y 4 del 30 de abril de 2021 las Disposiciones de la DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION ESTRATEGICA, PREVENCION CIUDADANA Y COOPERACION INSTITUCIONAL Nros 1 del 29 de junio de 2020, 2 del 27 de julio de 2020, 3 del 27 de agosto de 2020, 4 del 29 de octubre de 2020, 5 del 27 de noviembre de 2020 y 6 del 24 de diciembre de 2020, la Resolución ANMAC Nro. 52 del 28 de septiembre de 2020, y 8 del 15 de enero de 2021.
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 y sus modificatorios, el Poder Ejecutivo Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID19, por el plazo de UN (1) año.
Que, desde entonces, se implementaron diversas acciones y políticas excepcionales en pos de proteger la salud pública.
Que por el art. 1° inc. 3) de la Decisión Administrativa N° 524/2020 se exceptuó del cumplimiento de la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, en el marco de artículo 2° del Decreto N° 355/2020, a la actividad registral nacional y provincial, con un sistema de turnos y guardias mínimas.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020, sus sucesivas prórrogas y las normas complementarias al mismo, se establecieron y prorrogaron oportunamente y de acuerdo a la situación epidemiológica territorial, el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio y/o el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio.
Que se encuentra vigentes los Decretos de Necesidad y Urgencias Nros. 125/2021 y 334/2021, mediante los cuales se ha prorrogado la medida de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio en todo el territorio nacional hasta el 11 de junio de 2021.
Que el art. 11 inc. 28) del Decreto 125/2021 mantuvo la asignación del carácter esencial de la actividad registral, con un sistema de turnos y guardias mínimas.
Que la situación de emergencia que ha provocado el dictado de tales normas excepcionales, y de las que irrogan al plexo legal que rige -en este caso- a los actos registrales y de fiscalización bajo competencia de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, continúa al día de la fecha.
Que mediante las Disposiciones de la Dirección Nacional de Registro y Delegaciones de la ANMaC Nros. 1 de fecha 17 de marzo de 2020, 2 de fecha 13 de abril de 2020, 3 del 27 de mayo de 2020, 1 de fecha 29 de enero de 2021, 2 del 26 de Febrero de 2021, 3 del 30 de marzo de 2021 y 4 del 30 de abril de 2021, las Disposiciones de la Dirección Nacional de Planificación Estratégica, Prevención Ciudadana y Cooperación Institucional Nros 1 del 29 de junio de 2020, 2 del 27 de julio de 2020, 3 del 27 de agosto de 2020, 4 del 29 de octubre de 2020, 5 del 27 de noviembre de 2020 y 6 del 24 de diciembre de 2020, y la Resolución ANMaC Nro. 52 del 28 de septiembre de 2020, fueron prorrogados y suspendidos todos los plazos registrales hasta el 31 de mayo del corriente.
Que en el presente contexto, con iguales fines, resulta oportuno y conveniente efectuar una nueva prórroga, ante la subsistencia de los hechos que le dieron causa.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado de la presente Disposición, en virtud de lo establecido por las Decisiones Administrativas Nros. 479/2016 y 15/2021.
Por ello, LA DIRECTORA NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
DISPONE:
ARTICULO 1°.- Prorróganse los plazos establecidos en la DI-2021-4-APN-DNPEPCYC#ANMAC, hasta el 30 de junio de 2021, de acuerdo a los términos previstos por los artículos 1°, 2°, 3°, 5° 6° y 7° de la DI-2020-1-APN-DNRYD#ANMAC.
ARTICULO 2°.- La presente entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL, con efecto retroactivo al 1º de junio de 2021.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Liliana Conqueira
DESCARGUE DESDE AQUI LA DISPOSICION DE PRORROGA HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2021 Y LLEVELA EN SU CELULAR
Hola Gente!!
Tengo turno en ANMAC para renovar CLU vencida 1-06-2021, o sea hace dos días!!!. en el Tiro Lomas. Tengo que hacer el psicofísico y idoneidad,.!!! La pregunta es, si mas allá de la prorroga al 30 de junio, en ANMAC me van a atender?? x la resolución 35/2021 la que habla de tramites esenciales. Gracias x la información y toda la ayuda que siempre prestan..!!
Hola Norberto. No han modificado la norma respecto de los trámites esenciales, así que suponemos que si te dieron turno, deberían atenderte. Intentá comunicarte Teléfono: (54–11) 4282-0877 / Correo electrónico: agencia_lomas@anmac.gob.ar
muchas gracias x responder, CUIDATE!!!
Buenas tardes.hice por primera ves tramite para tener clu en mayo 2021 y hasta hoy
Q estamos en septiembre no me lo han dado le pregunte al grstor y me dice q vienen muy atrasados .que rs lo q pasa? Gracias
Hola Luis. Disculpe la demora en responder. Una falla de la página no nos está permitiendo recibir una notificación de los mensajes que nos ingresan. EN cuanto a su CLU no tenemos registro de que haya sido tramitada a través de una armería asociada por lo que no puedo darle mayores precisiones. Saludos. Guillermo Muttoni
Hola buenas, tengo hecho los tramites para CLU o sea psicofísico e idoneidad de tiro y tenía turno para presentarlos en Anmac, Tiro Federal Lomas el 06/04/21 cuando otra vez se suspendió la atención presencial.
Desde entonces no se puede conseguir turno para continuar con el trámite y la pregunta es si caducan los trámites ya efectuados y pagados.
Hola Carlos. Los certificados no pierden validez. Así que en cuanto consiga un turno vuelva a presentarse. Saludos
Espero algún comentario orientativo que me pueda orientar.
hola que tal quiero renovar se me vencio este mes octubre 2021 pero por pandemia porrogado un año correponde ?
Hola Matias. Está prorrogada hasta el 20 de diciembre el vencimiento de las clu. http://www.aicacyp.ar/blog/prorroga-del-vencimiento-de-la-clu/
Así que renovala
Saludos
en diciembre de 2021 se vencio mi clu. en noviembre hice la renovacion en lomas y me entere que en diciembre cerraron dicen temporalmente dicha delegacion. me dijeron que toda la documentacion existente la llevaron a la central. no tengo forma de comunicarme via telefonica ni por via web con la central ni para sacar
un turno y averiguar por mi tramite.
alguna idea util de que hacer. gracias
Buenas tardes Juan Carlos. Intente comunicarse al 0800-333-72769. Pero le adelanto que las credenciales de noviembre todavía están en veremos, Saludos