Temporada de Caza Menor 2026 – Salta

Por Resolución N° 297/26 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta habilitó la temporada de caza deportiva menor para el año 2026.

5 de mayo de 2026. Conforme con la Resolución publicada hoy en el Boletín Oficial de la Provincia, la temporada 2026 de caza deportiva menor estará habilitada entre el 1 de Mayo y el 16 de Agosto. Es obligatorio contar con Licencia. En la provincia está prohibida la caza mayor y el uso de perros.

Se autorizan únicamente las siguientes especies y en predios rurales o subrurales a más de 1500 metros de centros poblados,  destinados al cultivo de granos y semillas :

  • Paloma turca o Picazuro (Columba picazuro) 200 piezas por excursión
  • Paloma torcaza o Sacha (Zenaida auriculata) 300 piezas por excursión
  • Paloma manchada (Columba maculosa) 100 piezas por excursión
  • Perdiz chica común (Nothura maculosa) 10 piezas por excursión
  • Perdiz Montaraz (Nothorpocta cineracens) 10 piezas por excursión
  • Liebre europea (Lepus europaeus) Sin límite en toda la Provincia, a excepción de las Áreas Protegidas.

En el caso de cazadores individuales no podrán excederse en la cantidad de individuos permitidos detallados en la nómina de especies, y en el caso de excursiones con más de tres (3) cazadores deportivos podrán transportar en un (1) vehículo hasta un total de ejemplares equivalente a tres (3) cazadores respetando las cantidades por especies antes indicada, a excepción de la Liebre europea cuyo cupo es sin límite.

La caza deportiva menor estará habilitada en los departamentos Rivadavia, Anta, Metán, Rosario de la Frontera, Chicoana, La Viña, Guachipas, Orán y San Martín; únicamente en fincas de propiedad privada y asociadas a cultivos de granos y semillas, como así también en fincas con suelos degradados.

La caza está permitida solo los días, VIERNES, SABADOS, DOMINGOS, y FERIADOS en horario diurno entre las 6 am y las 20 pm.

El cazador deberá contar en carácter de obligatorio con la autorización del propietario del campo y portar la hoja de ruta la cual deberán hacer visar ante la autoridad policial antes de salir de viaje y luego, al regresar, en la sede policial más cercana del lugar donde se efectuó la caza, justificando así su legal procedencia.

Para solicitar por primera vez la licencia de caza, se exige la siguiente documentación:

  1. Dos fotos 4×4 actualizadas y a color.
  2. Original y fotocopia de DNI.
  3. Fotocopia de la Credencial de Legítimo Usuario actualizada para quienes practiquen la caza deportiva con armas de fuego, según lo requerido por el RENAR, quedando exceptuadas las personas que practiquen caza deportiva con armas cuyo uso no requiera autorización de dicho organismo.
  4. En el caso de los residentes en la provincia de Salta deberán tener asentado en el DNI el domicilio en esta provincia.
  5. Los jubilados deberán presentar, además, fotocopia del último recibo de sueldo.

Para renovar el carnet de caza, los requisitos son los siguientes:

  1. Licencia anterior.
  2. Fotocopia de la Credencial de Legítimo Usuario actualizada para quienes practiquen la caza deportiva con armas de fuego, según lo requerido por el RENAR, quedando exceptuadas las personas que practiquen caza deportiva con armas cuyo uso no requiera autorización de dicho organismo.
  3. Fotocopia último recibo de sueldo en el caso de los jubilados.
 Los precios de las licencias de caza son los siguientes:
  • Licencia deportiva por Temporada Libre para residentes en la Provincia (valores para el público). $ 30.000.-
  • Licencia Deportiva por Temporada Libre para federados (valores para el público). $ 15.000.-
  • Licencia Deportiva por Temporada Libre para jubilados, pensionados, discapacitados. sin cargo
  • Licencia Deportiva por Temporada Libre para No residentes en la Provincia (valores para el público). $..55.000
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