Formularios para exámenes médicos

Disposición RENAR 115/2009

Derogada por el Artículo 18 de la Disposición RENAR 311/13

BUENOS AIRES, 3 de abril de 2009

VISTO las prescripciones de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, la Ley N° 24.492, lo dispuesto por los Decretos Nros. 395 de fecha 20 de febrero de 1975, 252 del 21 de febrero de 1994 y 821 del 23 de julio de 1996, las Disposiciones RENAR N° 197 del 23 de agosto de 2006 y 198 del 28 de agosto de 2006 y,

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Disposición RENAR N° 197/06 se fijaron los requisitos a cumplir a fin de acceder a la condición de Legítimo Usuario de Armas de Fuego de Uso Civil o de Uso Civil Condicional.

Que por conducto del inciso 5° del artículo 1° de la norma citada se exige la acreditación del estado de salud psicofísico para acceder a la autorización de que se trata, estableciendo los requisitos que habrán de contener los respectivos certificados.

Que a fin de brindar a los solicitantes y fundamentalmente a los profesionales médicos, psicólogos y psiquiatras, pautas claras y concretas para la acreditación de estos extremos resultó aconsejable aprobar los formularios de libre reproducción a ser utilizados en las distintas tramitaciones que se presenten ante este Organismo.

Que para dar cumplimiento a tales recaudos se han aprobado por Disposición RENAR N° 198 del 28 de agosto de 2006 los Anexos I, II, III y IV con los formatos requeridos, tanto para la certificación de aptitud psicofísica para acceder a la tenencia de un arma de fuego, como así también para la aptitud psicofísica para acceder a la portación de armas de fuego.

Que resulta necesario adecuar y actualizar el formato de dichos Anexos.

Que la Dirección Técnico Registral y Asuntos Jurídicos de este Registro Nacional de Armas han tomado la intervención de su competencia.

Que la Ley N° 26.338 transfirió el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS de la órbita del MINSTERIO DEL INTERIOR, al MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que el suscripto es competente para adoptar la presente medida en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 20.429, la Ley N° 24.492 y la Ley N° 26.338, Decretos N° 395/75, N° 252/94, N° 821/96, N° 1023/06, N° 2079/08 y demás normativa de aplicación.

Por ello,
EL DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
DISPONE:

ARTICULO 1°.- Apruébase el diseño del formulario de libre reproducción destinado a certificar el estado de salud física en toda solicitud de Credencial de Legítimo Usuario de Armas de Fuego, que se agrega a la presente Disposición como Anexo I, formando parte integrante de la misma.

ARTICULO 2°.- Apruébase el diseño del formulario de libre reproducción destinado a certificar el estado de salud psicológica o psiquiátrica en toda solicitud de Credencial de Legítimo Usuario de Armas de Fuego, que se agrega a la presente Disposición como Anexo II, formando parte integrante de la misma.

ARTICULO 3°.- Apruébase el diseño del formulario de libre reproducción destinado a certificar el estado de salud física en toda solicitud de Autorización de Portación de Armas de Fuego, que se agrega a la presente Disposición como Anexo III, formando parte integrante de la misma.

ARTICULO 4°.- Apruébase el diseño del formulario de libre reproducción destinado a certificar el estado de salud psicológica o psiquiátrica en toda solicitud de Autorización de Portación de Armas de Fuego, que se agrega a la presente Disposición como Anexo IV, formando parte integrante de la misma.

ARTICULO 5°.- Derógase la Disposición RENAR N° 198 de fecha 28 de agosto de 2006.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, regístrese, incorpórese al Banco Informatizado de Datos y una vez cumplido, archívese.

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