Cambio de valor del Formulario Ley 23979 Tipo 45

Disposición Renar 208/11

Los Formularios Ley 23979 fueron sustituidos por aplicación de la Resolución ANMAC 3/2017

BUENOS AIRES, 28 de marzo de 2011 

VISTO las Leyes Nros. 20.429, 23.979, 24.492 y 26.338; los Decretos N° 395 del 20 de febrero de 1975; Resolución M.J.S.D.H. N° 1479/06; Disposición RENAR N° 077/01 y,

 CONSIDERANDO:

Que el Anexo I al Decreto N° 395 del 20 de febrero de 1975, reglamentario de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, dispone en su artículo 145 la aplicación de aranceles equitativos para la atención de los servicios administrativos y técnicos que demanda el cumplimiento de la misma.

 Que por intermedio de la Ley N° 24.492 se establece la utilización, en forma indefectible, de los Formularios Ley N° 23.979 para la obtención de la condición de legítimo usuario de armas de fuego u todo otro acto de registración.

Que mediante la Ley N° 23.979 se autorizó la celebración de un sistema de asistencia técnica y financiera, sin cargo alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que por Disposición RENAR N° 077/01 se estableció el valor del Formulario Ley 23.979 tipo 45.

Que para el sostenimiento del sistema implementado por la Ley N° 23.979 resulta indispensable la adecuación del monto de los aranceles respecto de algunas de las categorías en las que se han desarrollado metodologías más complejas, en mérito a optimizar la calidad del sistema registral en su conjunto.

Que de acuerdo al artículo 3° de la Ley N° 26.338 el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS fue transferido del MINISTERIO DEL INTERIOR al MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, siendo de aplicación la Resolución M.J.S.D.H. N° 1479/06, en relación al Sistema de Cooperación Técnica y Asistencia Financiera previsto por la Ley N° 23.979.

Que han tomado la debida intervención la Delegación Técnico Administrativa y la Coordinación de Asuntos Jurídicos.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de las Leyes Nros. 20.429, 24.492 y 23.979 y los Decretos Nros. 395/75 y 873/10.

Por ello, EL DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS DISPONE:

ARTICULO 1°.- Fíjase el valor del Formulario Ley N° 23.979 tipo 45 en la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000).

ARTICULO 2°.- Derógase el artículo 6° de la Disposición RENAR N° 077 del 1 de octubre de 2001.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase el diseño del Formulario Ley 23.979 tipo 45 que como Anexo I se agrega a la presente formando parte integral de la misma

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, regístrese, incorpórese al  Banco Nacional Informatizado de Datos del RENAR. Cumplido, archívese.

FIRMADO: ANDRES MATIAS MEISZNER – DIRECTOR NACIONAL

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