Veda de Pesca 2021 – Misiones

La medida entrará en vigencia desde la medianoche desde el lunes 1 de noviembre, hasta las 24 horas del miércoles 15 de diciembre.

En medio de una crítica situación hídrica e ictícola, y bajo la Resolución 426, el Ministerio de Ecología y de Recursos Naturales Renovables de Misiones resolvió fijar la veda total para las especies ícticas, tanto deportiva como comercial, en los ríos Paraná e Iguazú y todos sus afluentes en aguas jurisdiccionales de la provincia, incluido el paisaje protegido Lago Urugua-í.

Esta resolución aclara a su vez que sí está autorizada la pesca de subsistencia, la que será entendida como la practicada por el pescador, desde la costa con línea de mano y permiso respectivo vigente, destinada a su consumo y al de su familia, prohibiendo totalmente la comercialización de dicho producto.

Se establece además que “los pescadores y acopiadores inscriptos, que tengan en su poder pescados extraídos en tiempo y forma, deberán presentar declaración jurada de existencia en las delegaciones del Ministerio de Ecología y/o el Departamento de Fauna ubicado en sede central hasta el viernes 12 de noviembre del 2021, lo que será constatado por personal de este Ministerio”.

La norma indica también que “se entiende como veda de pesca al período de tiempo donde se restringe temporal o espacialmente la captura de peces atento a la época del año que transcurre”. Esta prohibición incluye a todas las artes de pesca (incluso pesca con devolución).

Este tipo de acción es necesario para que las especies ícticas puedan cumplir con sus ciclos biológicos, por lo cual es conveniente fijar el período de veda anual para las actividades de pesca deportiva y comercial.

No obstante, teniendo en cuenta los factores económicos de un sector de la población, especialmente la que habita la zona de la ribera y la que se encuentra en estado de indigencia, se ha considerado la posibilidad de autorizar la pesca de subsistencia.

Resolucion-426-2021-Misiones

Leyes y Reglamentaciones de Pesca Provincia de MISIONES

Ley N° 1040 – Reglamento general de Pesca.

Decreto N° 3271/79 – Reglamentario de la Ley N° 1040.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

3 × tres =