Temporada de Caza Especies Exóticas – Tierra del Fuego

Por Resolución N° 390/21 del Ministerio de Producción y Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego se reglamentó la caza de especies exóticas.

El castor, la rata almizclera, el visón, el conejo, el zorro gris y ahora el peludo son las especies exóticas invasoras que pueden ser cazadas en la Provincia, como medio de control y erradicación de estas especies introducidas por el impacto dañino que ocasiona a los ecosistemas, hábitats y especies autóctonas.

Mediante la resolución 390, la Secretaría de Ambiente dispuso el pasado martes 21 de diciembre de 2021 habilitar la caza de las mencionadas especies y establecer los requisitos para el otorgamiento de los permisos de caza y comercialización de productos y subproductos de la fauna silvestre exótica.

En la referida resolución se indica que en el marco de la ley nacional de conservación de fauna silvestre y la de adhesión al convenio sobre diversidad biológica, la Argentina asumió el compromiso de impedir que se introduzcan, controlar y erradicar las especies exóticas que amenacen ecosistemas, hábitats o especies, entendiendo a aquellas como las “especies introducidas que llegan a ser dañinas al ambiente o a los intereses humanos”.

En la norma se precisa que las especies exóticas indicadas podrán ser casadas durante todo el año en todo la provincia, a excepción del zorro gris que podrá ser cazado todo el año pero únicamente en el departamento Río Grande.

La licencia de caza autoriza a realizar la actividad en terrenos fiscales, siempre que no medie prohibición expresa y en terrenos particulares, con la autorización del poseedor o propietario.

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LEYES Y DECRETOS QUE REGULAN LA ACTIVIDAD

Ley Nacional Nº 22.421 de Conservación de la Fauna

Decreto Reglamentario Nº 666/1997