Temporada de Caza 2022 – Río Negro

20.01.2022 – Por Resolución 14/2022 la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático fijó el precio de las licencias para Caza

La temporada tiene reglamentación vigente hasta el 15 de febrero de 2022.

La Secretaría de Ambiente y Cambio Climático publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro la actualización de todas las tasas que involucran a la caza.Permisos y Licencias de Caza Deportiva para la Temporada 2022:

El plazo de vigencia del permiso y licencia de caza en todas sus modalidades será hasta el 15 de febrero de 2022, fecha que se estima coincidente con la norma que fijará la temporada de caza 2022.

Para Caza Deportiva los precios son los siguientes:

a) Personas domiciliadas en el territorio nacional, acreditado con DNI/LC/LE o certificado de domicilio, el monto de Pesos Ocho Mil ($8.000).

b) Personas domiciliadas en el Territorio Provincial, acreditadas con DNI/LC/LE o certificado de
domicilio, el monto de Pesos Cuatro Mil ($4.000).

c) Personas con domicilio en el exterior, el permiso y licencia de caza deportiva mayor y menor tendrá el plazo de vigencia de quince días siendo el monto de Pesos Veinte Mil ($30.000).

d) Permisos y Licencias de Caza deportiva para jubilados y pensionados de regímenes previsionales nacionales o provinciales: con un haber mínimo determinado por la Administración Nacional de Seguridad Social será sin cargo, caso contrario los valores serán los dispuestos en los incisos a) y b).

e) Permiso de caza para subsistencia: para la obtención del mismo, se deberá presentar una declaración jurada donde se deje constancia que la actividad de caza se realiza sin fines comerciales, que el producto obtenido no podrá ser vendido, teniendo como único fin satisfacer las necesidades de alimentación, manifestando el pleno conocimiento de la legislación vigente que norma la actividad. Las especies sujetas a dicha modalidad de caza, son exclusivamente las habilitadas para la caza deportiva, respetando temporadas, cupos y especies. Se debe adjuntar certificado de desempleo otorgado por el organismo correspondiente, en dicho caso será expedido sin cargo.

Los Permisos y Licencias de Caza Comercial son los siguientes:

a) Permiso de Caza Comercial para Residentes Nacionales según la especie y temporada de caza, excepto para liebre europea se fije el monto de Pesos Ocho Mil ($8.000).

b) Permiso de caza comercial para residentes provinciales, según la especie y temporada de caza, excepto para liebre europea (Lepus europaeus) se fije el monto de Pesos Cuatro Mil ($4.000).

Los montos a percibir para las inscripciones en los Registros Provinciales creados en los Artículos N° 29° y 37° de la Ley Provincial Q N° 2056, conforme categoría que a continuación se detalla son los siguientes:

a) Inscripción en el Registro Provincial de Cazadores Comerciales se fija el monto de Pesos Mil Doscientos ($1.200).

b) Inscripción en el Registro Provincial de Cotos de Caza se fija el monto de Pesos Dieciseis Mil ($16.000).

c) Inscripción en el Registro Provincial de Entidades Profesionales de Caza Deportiva de Caza
debidamente acreditada sin costo.

d) Inscripción en el Registro Provincial de Guías Profesionales de caza deportiva se fija en monto de Pesos Ocho Mil ($8.000).

e) Inscripción en el Registro Provincial de Comerciantes y Acopiadores de ejemplares vivos o muertos de especies de la fauna silvestre, sus productos, subproductos y derivados, excepto para zorros y liebres se fija el monto de Pesos Nueve Mil ($9.000).

f) Inscripción en el Registro Provincial de Comerciantes y Acopiadores de ejemplares vivos o muertos de especies de la fauna silvestre, sus productos, subproductos y derivados, para zorros se fija el monto de Pesos Nueve Mil ($9.000).

g) Inscripción en el Registro Provincial de Comerciantes y Acopiadores de ejemplares vivos o muertos de especies de la fauna silvestre, sus productos, subproductos y derivados, para liebres se fija el monto de Pesos Nueve Mil ($9.000).

h) Inscripción en el Registro Provincial de Industriales de Productos, Subproductos y Derivados de la fauna silvestre, excepto para zorros y liebres se fija el monto de Pesos Nueve Mil ($9.000).

i) Inscripción en el Registro Provincial de Industriales de Productos, Subproductos y Derivados de la Fauna Silvestre para zorros y liebres se fija el monto de Pesos Nueve Mil ($9.000).

j) Registro Provincial de Zoológicos, Parques Zoológicos y Establecimientos de Exhibición Permanente de animales vivos de la fauna silvestre se fija el monto de Pesos Dieciseis Mil ($16.000).

Las tasas fijadas deberán abonarse mediante depósito en la cuenta del Fondo Específico de Fauna Silvestre del Banco Patagonia – Cuenta Corriente N° 900001192, Nº de CBU: 03402506009000011920008 y acreditar de manera fehaciente el mismo, acompañando copia de la constancia de pago juntamente con la presentación a efectuar.

El Formulario C01 requerido para obtener la licencia se obtiene desde AQUI

El Formulario C02 requerido para Excursiones de Caza Mayor y Menor con sin perros se obtiene desde AQUI

LEYES Y DECRETOS QUE REGULAN LA ACTIVIDAD

Ley Nº 2056 de Fauna

Decreto 633/1986 Reglamentario de la Ley de Fauna Nº 2056

Resolución 238/2020 – Temporada de caza 2021/2022