Temporada de Caza 2021 – chubut

Por Resolución N° 25/21 del Ministerio de Agricultura, Industria y Comercio se habilitó la temporada de caza deportiva menor para el año 2021 en el ámbito de la provincia de Chubut.

Desde el 1 de Abril y hasta el 31 de Julio quedó habilitada la temporada de caza en todo el territorio provincial.

Las especies autorizadas y las cantidades permitidas que están publicadas en la Disposición Nº25/21 de la Dirección de Flora y Fauna Silvestre de la provincia se indican a continuación:

  • Martineta (Eudromia elegans): cinco (05) ejemplares por día.
  • Pato Maicero (Anas georgica): cuatro (4) ejemplares por día.
  • Pato Barcino (Anas flavirostris): tres (3) ejemplares por día.
  • Codorniz de California (Laphortyx californica): sin límites.
  • Liebre Europea (Lepus europaeus): diez (10) ejemplares por día.
  • Conejo Silvestre (Oryctolagus cuniculus): sin límites.
  • Guanaco Macho adulto (Lama guanicoe): dos (02) ejemplares adultos por salida. El máximo para el transporte por salidas, que excedan el día de cacería, será de dos (02) ejemplares de machos adultos por cazador.
  • Jabalí (Sus scrofa): sin límite, extendida hasta el 01 de Abril del 2022.
  • Visón (Mustela visón): sin límite, extendida hasta el 01 de Abril del 2022
  • Cuando se realicen excursiones de tres o más días, cada cazador no podrá transportar una cantidad de ejemplares superior a la de tres días de cacería de la especies autorizadas para la caza menor de aves y mamíferos. Los cazadores que permanezcan más de un día en los predios donde desarrollarán la actividad; deberán certificar su inicio en la comisaría más cercana al área de caza.

Documentación obligatoria

  1. El permiso de caza otorgado por la Dirección de Fauna y Flora Silvestre;
  2. Autorización escrita del dueño del campo; y
  3. Tenencia del arma actualizada (en ningún caso la caza mayor podrá realizarse con armas de calibre menor). Recuerde llevar siempre consigo su clu vigente, más una copia de las prórrogas de ANMAC respecto de los vencimientos.

Tipos de armas y calibres autorizados

No se podrán utilizar, en ningún caso armas semiautomáticas.

Los calibres habilitados para la Caza Menor de Aves y Mamíferos serán las escopetas de caño liso, calibres del 12 al 36 cargadas con cartuchos a perdigones y las carabinas de calibre .22, hasta .22 LR.

Los calibres habilitados para la Caza Mayor General y Caza Mayor de Ciervo Colorado serán las escopetas de caño liso, calibres del 12 al 16 cargadas con cartuchos sólidos tipo brennecke y los fusiles, con munición de percusión central desde calibre .223.

Puntos habilitados para la venta de permisos de caza

Casa Abad -TRELEW
Armería La Tranquera – PUERTO MADRYN
Municipalidad De Sarmiento – Secretaria De Turismo
Armería En La Mira – SARMIENTO
Armería Tiro Loco – GAIMAN
Círculo De Caza Mayor General Lagos – COMODORO RIVADAVIA
Esquel Outdoors – ESQUEL
Oficina de Fauna de EL MAITÉN
Delegación de Industria – PUERTO MADRYN
Dirección de Fauna y Flora Silvestre RAWSON

Texto completo de la Disposición 25/2021 que regula la Temporada 2021

Formulario de Autorización del dueño del campo

LEYES Y DECRETOS QUE REGULAN LA ACTIVIDAD

Ley -XI-Nº10 de Conservación de la Fauna Silvestre

Decreto 868/90 Reglamentario de la Ley de Conservación de la Fauna Silvestre