El tráfico ilícito de Armas de fuego

Buenos Aires, 2 de Julio de 2003. Comunicado de prensa de la Comisión Directiva de AICACYP

La Asociación Industriales y Comerciantes de Artículos para Caza y Pesca, AICACYP, asociación civil sin fines de lucro creada en el año 1939 tiene por objeto estatutario «defender y coordinar los esfuerzos de la industria, el comercio, los deportistas y los aficionados, para el fomento de la caza, el tiro, y la pesca deportivos; del camping, la náutica y las actividades turísticas afines a estos deportes, la conservación de las especies y la educación de los deportistas, los aficionados y el público sobre los problemas relacionados con estos deportes» 

Su creación, 64 años atrás, obedeció a la convicción de que la caza y la pesca indiscriminada y un desconocimiento de elementales principios éticos, solo redundan en perjuicio de los deportistas y de los legítimos intereses industriales y comerciales. Desde aquella época hemos ofrecido el apoyo incondicional en la confección de leyes y disposiciones tendientes a encuadrar la caza y la pesca con un espíritu conservacionista y de protección de las especies.
 
En la década del 70, como Cámara Empresaria del sector y mucho antes de las leyes que han creado los denominados Entes Cooperadores, participamos en el anteproyecto de la, hasta hoy vigente,  Ley Nacional de Armas y Explosivos y su Decreto Reglamentario; Ley que hoy es tomada como referente en la materia por la Organización de las Naciones Unidas. 

Como se detalla ampliamente en todas nuestras publicaciones gráficas, en nuestros anuncios televisivos y radiales, o a través de nuestra página web, dedicamos gran parte de nuestro esfuerzo a la difusión y promoción de las actividades deportivas vinculadas a nuestro objeto social. 

Sin embargo, ninguna de estas actividades parece convocar tanto a la opinión pública ajena al sector como la problemática de la seguridad y con ella la frecuente consulta de personas en nuestros comercios solicitando información para adquirir armas para la defensa personal. También los medios periodísticos no especializados nos consultan frecuentemente.  Nuestra Asociación apoyó, apoya y apoyará firmemente nuestra Ley Nacional de armas y explosivos que le permite a todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos por ella establecida a poseer armas de fuego, con fines deportivos de tiro o caza, de colección o para su defensa personal. 

Una preocupación fuerte de nuestro sector y las personas a él vinculadas, es el tráfico ilícito de armas y las armas sin registrar en poder de ciudadanos o personas residentes en nuestro país. Frecuentemente los medios abordan esta temática y nos consultan sobre datos estadísticos concretos y el origen de ese mercado. Es obvio que no contamos con esta información. Sin embargo nuestro compromiso a través de los sesenta y cuatro años de trayectoria es el de apoyar firmemente toda acción dirigida a eliminar este mercado ilegal, tanto desde el punto de vista ejecutivo como legislativo. 

AICACYP, como cámara empresarial que nuclea a fabricantes, importadores y armerías, repudia entonces enérgicamente el proceder de quienes participan del tráfico ilícito de armas de fuego creando confusión en la opinión pública sobre un tema que exige la máxima responsabilidad y un fiel cumplimiento a la normativa vigente en nuestra Ley de Armas. Por ello aplaudimos todas las iniciativas dirigidas al secuestro e inmediata destrucción de armas no registradas. 

Un párrafo aparte merece nuestra designación desde 1992, como Ente Cooperador del Registro Nacional de Armas. Los antecedentes provenientes de otros sistemas de cooperación técnica y financiera vigentes a esa fecha exigían designar en esa función a las entidades más representativas de cada sector. Por ello, así como el Colegio de Escribanos es, desde ese entonces, Ente Cooperador del Registro de la Propiedad Inmueble y la Asociación de Concesionarios de Automotores del Registro de la Propiedad Automotor, para citar algunos ejemplos, AICACYP también recibió tal distinción por ser considerada la entidad más importante del sector. 

Sin embargo, es muy importante señalarlo para evitar confusiones, que ninguna entidad que administra un Ente Cooperador tiene incumbencias o responsabilidades en el dictado de las normas regulatorias de la actividad sujeta a este régimen. Estos actos han sido, son y serán de responsabilidad exclusiva del Estado Nacional. 

En nuestro caso específico no ingresamos,  ni procesamos,  ni accedemos a los datos del Banco Nacional Informatizado de Armas de Fuego; no registramos,  ni fiscalizamos,  ni controlamos las armas o a los usuarios que las compran o las venden. Todas esas facultades son de competencia exclusiva de los Organismos Oficiales expresados en la Ley Nacional de Armas y Explosivos y su Decreto Reglamentario. 

Que la opinión pública no se confunda.  Con la sanción de la Ley 23979 el Registro Nacional de Armas se transformó convirtiéndose en un Organismo creíble, moderno y eficiente construyendo una operatoria confiable de registración y comercialización de armas que ya es respetada en el mundo entero.  Más de medio millón de honestos ciudadanos dan crédito a la seriedad del sistema creado.  Para ello ha contado con una muy importante gestión administrativa y con la autonomía que le otorga la ley en materia económico-financiera, sin depender del presupuesto nacional. 

En materia de ingresos y egresos de fondos el Director Nacional, funcionario público nombrado por Decreto presidencial, fija la política en materia de arancelamiento, recursos humanos y de adquisición de bienes y servicios y ordena al Ente Cooperador su ejecución. Luego verifica y aprueba la recepción de lo solicitado. A su vez la Comisión Fiscalizadora creada por la Ley 23979 controla lo actuado y el Ministerio de Defensa audita. Todo queda reflejado en Estados Contables auditados por estudios externos de primer orden nacional e internacional. 

Tal como se expone en el párrafo anterior nuestras funciones están claramente delimitadas;  ejecutamos las disposiciones del RENAR y registramos conforme a las normas contables y legales el movimiento de los fondos del sistema.

Buenos Aires, 2 de julio de 2003
Comisión Directiva de AICACYP