Temporada de pesca 2020/1 – Chubut

La temporada comenzará el 1° de noviembre.

REGLAMENTO

La provincia se rige por el Reglamento General de Pesca Continental patagónica de aplicación para los ambientes ubicados en jurisdicción de Parques Nacionales y de las provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz, el cual puede consultarse en REVISTA AIRE LIBRE.

La Dirección de Pesca Continental junto al Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, sugieren el lavado de todos los elementos que se emplean en el desarrollo de la actividad de la Pesca, en cualquiera de sus modalidades. Con el objeto de prevenir el ingreso de organismos exóticos y/o tóxicos como el del Alga Didymosphenia geminata, la cual puede producir grandes floraciones, cubriendo el fondo de nuestros ríos y lagos, alterando así la cadena alimentaria de las poblaciones de peces y todo el ecosistema.

ANEXO CHUBUT

1. Autoridad de aplicación
a. Dirección de Pesca Continental de la Provincia del Chubut.
b.Las infracciones al presente reglamento serán sancionadas de acuerdo a lo establecido en las leyes XVII N° 1 (ex 26), XVII N° 8 (ex 1087) y su Decreto Reglamentario XVII-N° 622/74.
c. Al detectarse infracciones se labrará el acta correspondiente, se decomisarán todos los elementos utilizados y las piezas sacrificadas.

2. Temporada de pesca
a.En la Provincia del Chubut, la temporada de pesca deportiva se INICIA 01/11/2020 y FINALIZA el 01/05/2021
b.Coincide con el reglamento general excepto para la pesca de la especie trucha de arroyo o fontinalis (Salvelinus fontinalis) la cual cierra el día 01/03/2021. A partir de esta fecha todos los ejemplares de esta especie deberán ser devueltos al agua vivos y con el menor daño posible.
c. Se recomienda no vadear ríos y arroyos hasta el día 15/12/2020, para evitar producir daños en las camas de desoves, aun existentes en dicha fecha..

Otras excepciones para ambientes particulares constan en el listado general de este anexo.

3. Modalidad de Pesca
Las modalidades de pesca, equipos y señuelos son los mismos que en el Reglamento General, y a los efectos de favorecer la devolución de ejemplares y propiciar la mayor supervivencia de estos, queda totalmente PROHIBIDO EL USO DE REBABA para cualquier tipo de anzuelo y en todas las modalidades.
En la pesca con equipo de mosca se permite la modalidad dropper, solamente en ríos y arroyos, consiste en una mosca seca y una ninfa; prohibido el uso de dos streamers, o dos ninfas.

4. Número máximo de piezas por pescador
Para el caso de ambientes que no figuren en el listado alfabético con reglamentación específica correspondiente, se permitirá el sacrificio de un (1) salmónido, dos (2) Percas y cuatro (4) ejemplares de Pejerrey por día y por pescador, con la excepción de los ríos y arroyos donde Chubut adhiere al Reglamento General donde se establece la Devolución Obligatoria.
En las áreas de devolución obligatoria se prohíbe la tenencia de ejemplares de peces de cualquier origen.

5. Concursos de Pesca Deportiva
Los eventos de pesca solo podrán ser autorizados por la Autoridad de Aplicación. Se deberá solicitar la autorización con antelación no menor a veinte (20) días.

6. Áreas habilitadas para la pesca embarcada con propulsión a motor
Solo podrá realizarse pesca embarcada con motor en funcionamiento en los lugares habilitados expresamente para ello en el listado alfabético. En todo otro lugar que no cuente con indicación precisa la pesca con cualquier arte deberá realizarse con la embarcación sin su motor en funcionamiento.

7. Otras restricciones
a. En las áreas destinadas a la práctica de la pesca deportiva se prohíbe la portación de artes de captura tales como redes, arpones, explosivos, espineles, trampas, ganchos, cebos y otros elementos no autorizados expresamente. La tenencia de estos elementos en las áreas reservadas a la pesca deportiva, será considerada como si estuvieran en uso efectivo. La utilización de estos medios deberá ser oportunamente aprobada por la Dirección de Pesca Continental de la Provincia del Chubut.
b. En ambientes en los que no está permitida la pesca, se prohíbe la portación de equipos de pesca armados y en condiciones de ser utilizados. En ambientes de uso exclusivo para una modalidad, se prohíbe la portación de equipos de pesca armados y en condiciones de ser utilizados que no se correspondan con la modalidad permitida.
c. En los ambientes de pesca de las Áreas Naturales Protegidas son de devolución obligatoria todos los ejemplares de las especies autóctonas. Para su fácil identificación ver fotos en peces de la Patagonia de este Reglamento.
d. Prohibida la utilización de líneas con plomo y la utilización de elementos de anclaje con plomo, en todos los ambientes.
e. Prohibida la utilización de señuelo con pilas y baterías, recargables o no recargables.

8. Embarcación
Todas las embarcaciones usadas con fines de pesca deben cumplir los requisitos exigidos por Prefectura Naval Argentina.

9. Flotación
a. En la Provincia del Chubut está prohibida la pesca desde flotadores en todas las bocas de los ríos en un radio de 200 metros con centro en la misma.
b. Se prohíbe pescar con embarcaciones a la deriva arrastrando anclas o muertos sobre el fondo.

10. Motores náuticos
La provincia del Chubut contraindica en todos los ambientes el uso de motores de 2 tiempos carburados para el ejercicio de la pesca en razón de su gran poder contaminante.

11. Contralor
Lo ejercen el cuerpo de Inspectores de Recursos Naturales Renovables en Ecosistemas Acuáticos de Aguas Continentales y Gendarmería Nacional bajo convenio con la Provincia del Chubut.

Para asistencia personalizada en temas de pesca deportiva y para cualquier tipo de denuncias
La Provincia del Chubut posee canales de comunicación que vincula a todos sus Inspectores. Puede solicitar asistencia a cualquiera de los teléfonos siguientes:

Dirección de Pesca ContinentalTel. 02945–451226 y 451063
Licencias / ReglamentosTel. 02945-15690735
Área TécnicaTel. 02945-495017
Río SenguerTel. 02945-15683227/497014
Dique F. AmeghinoTel. 0280-154699162/4490306
El MaitenTel. 02945-495017
Áreas protegidas Delegación Esquel
Dirección Postal: Belgrano 722 – Esquel – U9200 – Chubut
E-mail: pescacontinentalchubut@gmail.com
Sitio Web: www.pescacontinental.gob.ar
Tel. 02945-450458/451480 
   

LISTADO ALFABETICO DE AMBIENTES DE CHUBUT

Importante

En los Ambientes no incluidos en este listado, se aplica la Reglamentación General del Anexo Chubut punto 4. “Número máximo de piezas por pescador”.

LD: límite diario de captura
RNE: Reserva Natural Estricta
AI: área intangible.

Azud (Derivador del Río Senguer) – Chubut – Área Azud vedada a la pesca (comprende 500 metros aguas arriba y 500 metros aguas abajo).

Azul (Río) – Chubut: LD: 2 salmónidos. Ambiente compartido, ver Anexos de Parques Nacionales y Río Negro.

Baguilt (Lago) – Chubut – LD: 2 salmónidos menores de 35 cm.

Baguilt (Río) – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria.

Berta inferior (Lago) – Berta superior (Laguna) – Chubut – Cierre 01/03/21. Mosca solamente, Devolución obligatoria.

Blanco (Arroyo) – Cholila, Corcovado y Trevelin – Mosca solamente. Devolución obligatoria.

Caradogh (Laguna) – Chubut – Devolución obligatoria. Prohibida la pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por viento, remo, etc.).

Carbon
 (Arroyo) – Chubut – Zona Corcovado. Vedado para la pesca.

Carrileufu (Río) – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria.

Cholila (Lago) – Chubut – Pesca y devolución obligatoria. Prohibida la pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por viento, remo, etc.).

Chubut (Río) – Río Negro – Chubut – Chubut: Río Chubut Superior. Desde el paralelo 42º hasta localidad Las Plumas LD: 3 salmónidos menores de 35 cm, 3 percas y 3 pejerreyes. Se permite la flotación y pesca embarcado. Río Chubut Inferior: Desde el Murallón Dique Florentino Ameghino hasta 500 m prohibida la pesca. Se permite únicamente a los fines de la pesca embarcada, los motores denominados de “EMISIONES ULTRA BAJAS” (4 Tiempos / 2 Tiempo a Inyección Directa) del Primer Rápido hasta la Boca Toma, a velocidad reducida. Desde el puente de ingreso al Camping Municipal hasta el segundo rápido se permite el sacrificio de 1 trucha menor de 35 cm con Mosca y Spinning. Desde el segundo rápido hasta Boca Toma solamente Mosca y devolución obligatoria. 28 de Julio: Desde salto de Boca Toma hasta el puente de madera se permite sacrificar una trucha menor de 35 cm y una Perca con Mosca y Spinning. Ambiente compartido, ver Anexo de Río Negro.

Clondique o Breide (Arroyo) – Chubut – LD: 2 ejemplares menores de 35 cm. Prohibido el vadeo y la flotación en toda su extensión.

Coqueta (Laguna) – Chubut. LD: 2 salmónidos, 2 percas y 4 pejerreyes.

Corcovado (Río) – Chubut – No navegable para embarcaciones a motor. Prohibido flotar el río desde el puente de la naciente aguas abajo hasta la confluencia del Corcovado con el arroyo desagüe del Lago Guacho. Truchas: Pesca con mosca y devolución obligatoria desde su nacimiento en el lago Wintter hasta la confluencia con el arroyo Las Carpas. Resto del río LD: 1 trucha menor de 35 cm.- Salmón del Pacífico: Temporada habilitada: Apertura: 01/10/20 – Cierre 01/03/21. Pesca exclusivamente de Salmón del Pacífico con cuchara voladora mayor al número 5 y ondulantes mayores de 40 grs. y Mosca. LD: 1 ejemplar mayor de 70 cm. Se permite el casteo a la deriva.

Corinto (Río) – Chubut – Desde su naciente hasta su desembocadura en Río Grande, zona denominada Paso Ancho. Mosca solamente. Devolución obligatoria.

Cronómetro (Laguna) – Chubut – Área de Acuicultura Extensiva. Vedada la pesca deportiva.

El Gato (Arroyo) – Chubut – LD: 1 ejemplar menor de 35 cm.

Engaño (Lago) – Chubut – Mosca solamente, devolución obligatoria. Pesca solo desde la costa o desde embarcación anclada. Únicamente navegación con motores de emisiones ultra bajas (4 tiempos) y/o motores de 2 tiempos a inyección directa. Temporada habilitada: Apertura: 01/11/20 – Cierre: 01/03/21. En todos los arroyos tributarios al lago prohibida la pesca a partir del 01/03/21.

Engaño (Río) – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria. Temporada habilitada: Apertura: 01/11/20 – Cierre: 01/03/21.

Epuyen (Lago) – Chubut – Prohibida la navegación en embarcaciones con motores a explosión según legislación vigente. Se prohíbe la pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por viento, remo, etc.). LD: 2 salmónidos menores de 35 cm y 2 percas. Observar las Disposiciones 001/09 SSRN-MIAG y 110/09 DGByP-MIAG y Ordenanzas 867/08 Municipalidad de Epuyén y 078/08 Municipalidad de El Hoyo.

Epuyen (Río) – Chubut – Desde su naciente hasta su desembocadura, LD: 1 salmónido menor de 35 cm.

Escondida (Laguna) – Chubut – Prohibida la pesca con motor en funcionamiento. Se prohíbe la pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por viento, remo, etc.) Cierre 01/03/21. LD: 1 ejemplar.

Esperanza (Lago) – Chubut -. LD: 1 salmónido.

Esperanza (Río) – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria.

Esquel (Arroyo) – Chubut – Pesca con devolución obligatoria. Modalidades permitidas: spinning y mosca.

Esquel (Laguna) – Chubut – LD: 1 salmónido, 4 percas y 6 pejerreyes.

Falso Engaño (Lago) – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria. Prohibida la pesca con motor en funcionamiento. Se prohíbe la pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por viento, remo, etc.) – Cierre 01/03/21. En todos los arroyos tributarios al lago prohibida la pesca a partir del 01/03/21.

Fiti- Rhuin (Arroyo) – Chubut – Mosca solamente. LD: 1 ejemplar. Prohibido el vadeo y la flotación en toda su extensión.

Florentino Ameghino (Embalse) – Chubut – Habilitada pesca todo el año. Solamente permitida la pesca embarcada con propulsión a motor, desde el 01 de noviembre hasta 01 de mayo. LD: 1 trucha, 1 perca y 6 pejerreyes. Desde el 2 de Mayo al 31 de Octubre devolución obligatoria, durante este periodo solo se permite la utilización de un anzuelo simple. Sobre el murallón habilitada, todo el año, la pesca con línea de flote con hasta 3 anzuelos de tamaño equivalente a la denominación ocho (8) y carnada. LD: 10 pejerreyes. Todos los ejemplares de otras especies que se capturen con este tipo de equipos deberán ser devueltos en el mismo sitio de la captura y con el menor daño posible.

Fontana (Lago) – Chubut – Habilitado para la pesca con propulsión a motor. LD: 2 salmónidos. En todos los arroyos tributarios al lago prohibida la pesca a partir del 01/03/21.

Fontana (Arroyo) – Chubut – Mosca solamente, devolución obligatoria.

Futaleufu o Grande (Río) – PN Los Alerces – Chubut – Se permite la pesca con modalidades mosca y spinning y el sacrificio de 1 salmónido menor de 35 cm. Se permite el fly cast a la deriva. La pesca debe practicarse con un señuelo artificial con un único anzuelo. Cuando se quiera utilizar un señuelo que tenga más de un anzuelo deben quitarse los restantes o inutilizarlos de forma tal que no puedan clavarse en los peces. Prohibida la pesca con motor en funcionamiento. Se prohíbe el trolling en todo su recorrido. Se permite el sacrificio de 2 (dos) ejemplares de Salmón del Pacífico mayor de 50 cm. Ambiente compartido, ver Anexo de Parques Nacionales.

Guacho Inferior y Superior (Lagos) – Chubut – LD: 1 ejemplar menor de 35 cm. Únicamente navegación con motores denominados de “EMISIONES ULTRA BAJAS” (4 Tiempos / 2 Tiempos a Inyección Directa). Se prohíbe el trolling o pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por el viento, remo, etc.). Cierre de temporada: 01/03/21.

Guacho (Río)– Chubut- LD: 1 ejemplar menor de 35 cm. Cierre de temporada: 01/03/21.

Gualjaina (Río) – Chubut – LD: 3 salmónidos menores de 35 cm.

Huemul (Arroyo) – Chubut – Zona Corcovado – Mosca solamente. Devolución obligatoria.

La Berta (Arroyo) – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria. Cierre 01/03/21.La Isla (Laguna) – Río Pico – Chubut – Se prohíbe la pesca con motor en funcionamiento y de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por viento, remo, etc.). Exclusivo equipo de Mosca, devolución obligatoria. Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

La Pava (Laguna) Río Pico – Chubut – LD: 1 ejemplar. Se permite la pesca con señuelo artificial con un único anzuelo (simple, doble o triple). Se prohíbe la pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por viento, remo, etc.). Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

La Plata (Lago) – Chubut – Ambiente habilitado para la pesca con propulsión a motor. LD: 2 salmónidos. Todos los arroyos tributarios al lago prohibida la pesca a partir del 01/03/21.

La Zeta (Laguna) – Chubut – Habilitada pesca todo el año. Se prohíbe la navegación con motores a combustión dentro del espejo de agua. ORDENANZA N° 23/13. LD: 2 truchas y 2 percas.

Lago 1 (Lago) Río Pico – Chubut – Modalidad, mosca y spinning. Devolución obligatoria. Solo se permite la utilización de un anzuelo simple. Prohibida la pesca de arrastre en todas sus formas (deriva por viento, remo, etc.). Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

Lago 2 (Lago) Río Pico – Chubut – Se prohíbe la pesca con motor en funcionamiento y de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por viento, remo, etc.). Modalidad, mosca solamente devolución obligatoria. Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

Lago 3
 (Lago) Río Pico – Chubut – Mosca solamente, devolución obligatoria. Solo se permite la utilización de un anzuelo simple. Para el traslado dentro del ambiente solo se permiten motores denominados de “EMISIONES ULTRA BAJAS” (4 Tiempos / 2 Tiempos a Inyección Directa) Se prohíbe la pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por viento, remo, etc.). Respete la bajada de embarcaciones. Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

Lago 4 (Lago) Río Pico – Chubut – Se permite la pesca con embarcación sin motor. Se prohíbe la pesca de arrastre en todas sus formas (deriva por viento, remo, etc.). Mosca solamente, devolución obligatoria. Solo se permite la utilización de un anzuelo simple. Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

Lago 5 (Lago) Río Pico – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria. Solo se permite la utilización de un anzuelo simple. Prohibida la pesca con motor en funcionamiento. Para el traslado dentro del ambiente solo se permiten motores denominados de “EMISIONES ULTRA BAJAS” (4 Tiempos / 2 Tiempos a Inyección Directa). Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

Larga (Laguna) – Chubut – Exclusivo equipo de Mosca, Devolución obligatoria. Para el traslado dentro del ambiente solo se permiten motores denominados de “EMISIONES ULTRA BAJAS” (4 Tiempos / 2 Tiempos a Inyección Directa) Prohibida la pesca con motor en funcionamiento. Se prohíbe la pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por viento, remo, etc.).

Las Margaritas (Laguna) – Chubut – LD: 2 truchas menores de 35 cm.

Las Mercedes (Laguna) – Chubut – Se permite la pesca con embarcación sin motor. Se prohíbe la pesca de arrastre en todas sus formas (deriva por viento, remo, etc.). LD: 2 salmónidos menores de 35 cm.

León (Laguna) Río Pico- Chubut – Se prohíbe la pesca con motor en funcionamiento y de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por viento, remo, etc.). Modalidad, mosca solamente devolución obligatoria. Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

Lezana (Lago) – Chubut – Prohibida la pesca con motor en funcionamiento. Para el traslado dentro del ambiente solo se permiten motores denominados de “EMISIONES ULTRA BAJAS” (4 Tiempos / 2 Tiempos a Inyección Directa) LD: 3 percas y 5 pejerreyes.

Los Caños o Rodeo (Arroyo) – Chubut – Prohibida la pesca en todo su recorrido.

Los Niños (Lago) Río Pico – Chubut – Mosca solamente, devolución obligatoria. Solo se permite la utilización de un anzuelo simple. Se prohíbe la pesca embarcada, solamente de costa. – Cierre 01/03/21. Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

Martillo (Laguna) – Chubut – Mosca solamente, Devolución obligatoria. Para el traslado dentro del ambiente solo se permiten motores denominados de “EMISIONES ULTRA BAJAS” (4 Tiempos / 2 Tiempos a Inyección Directa) Prohibida la pesca con motor en funcionamiento. Se prohíbe la pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por viento, remo, etc.).

Mayo (Río) – Chubut – Modalidad Mosca y Spinning, LD: 3 salmónidos menores de 35 cm, 2 percas y 2 pejerreyes.

Minas (Arroyo) – Chubut – LD: 1 ejemplar menor de 35 cm.

Musters (Lago) – Chubut – Habilitada pesca todo el año. Permitida la pesca con motor en funcionamiento. Solo se recomiendan motores denominados de “EMISIONES ULTRA BAJAS” (4 Tiempos / 2 Tiempos a Inyección Directa). Habilitada la modalidad trolling o pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por el viento, remo, etc.). LD: 2 truchas, 4 percas y 6 pejerreyes.

Nant y Fall (Río) – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria.

Nilson (Río) Río Pico – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria. Solo se permite la utilización de un anzuelo simple. Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

Pampa (Río) Río Pico – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria. Solo se permite la utilización de un anzuelo simple. Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

Pedregoso (Arroyo) – Chubut – Zona Corcovado. Vedado para la pesca.

Pedregoso (Río) – Chubut – Zona Cholila. Mosca solamente. Devolución obligatoria.

Pellegrini O Mosquito (Lago) – Chubut – Habilitada pesca todo el año. Prohibida la pesca con motor en funcionamiento. Para la navegación solo se permiten motores denominados de “EMISIONES ULTRA BAJAS” (4 Tiempos / 2 Tiempos a Inyección Directa). LD: 2 salmónidos menores a 35 cm, 4 percas y 6 pejerreyes.

Percey (Río) – Chubut – Mosca y Spinning. Permitida la pesca con anzuelo simple. Devolución obligatoria.

Pescado (Arroyo) – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria. Prohibida la flotación en toda su extensión.

Pico (Río) Río Pico – Chubut – Mosca solamente y devolución obligatoria desde la zona denominada El Cajón de Maier aguas abajo hasta el límite Internacional. Desde su nacimiento hasta la confluencia del desagüe del lago Nº 1 LD: 1 ejemplar menor de 35 cm con las modalidades mosca y spinning. Desde el paso de Gendarmería, aguas abajo, temporada hasta el 01/03/21 LD: 1 Salmón del Pacífico mayor de 50 cm con cuchara voladora mayor al número 5 y ondulantes mayores de 30 grs. Resto de salmónidos devolución obligatoria. Bañados del Río Pico: pesca con mosca y devolución obligatoria. Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

Poncho Moro (Arroyo) – Chubut – Zona Corcovado. Mosca solamente. Devolución obligatoria.

Puelo (Lago) – P.N.Lago Puelo y Chubut – Chubut adhiere a la reglamentación de Parques Nacionales. LD: 2 Salmónidos. Ambiente compartido, ver Anexo de Parques Nacionales.

Quemquemtreu (Río) – Chubut y Río Negro – LD: 1 ejemplar menor de 35 cm. Desde el 01/04/21 devolución obligatoria. Ambiente compartido, ver Anexo de Río Negro.

Rifleros (Río) – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria.

Rosario (Lago) – Chubut – Habilitada pesca todo el año. Solo se recomiendan motores denominados de “EMISIONES ULTRA BAJAS” (4 Tiempos / 2 Tiempos a Inyección Directa). Modalidad, Mosca y Spinning, devolución obligatoria dentro de los 200 m con centro en la naciente del Río Nant y Fall. Resto del ambiente habilitada la modalidad trolling o pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por el viento, remo, etc.). LD: 2 truchas, 2 percas y 4 pejerreyes. Desde el 2 de Mayo al 31 de Octubre. LD: 1 trucha, 1 perca y 4 pejerreyes.

Senguer (Río) – Chubut – Desde su naciente hasta el Puente Colgante “Sección 18 Estancia Pepita” Mosca solamente y devolución obligatoria. Desde el Puente Colgante “Sección 18 Estancia Pepita” hasta puente Desiderio Torres RN26 Km 147. Mosca y Spinning LD: 2 salmónidos menores de 35 cm. y 2 percas. Sarmiento: Desde puente Desiderio Torres RN26 Km 147 hasta desembocadura Mosca solamente y devolución obligatoria. Prohibida la pesca en los canales de riego y badenes.

Tecka (Río) – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria desde sus nacientes hasta el puente sobre la ruta nacional Nº 40. Resto del río LD: 2 ejemplares menores de 35 cm.

Temenuao o Torres (Laguna) Río Pico – Chubut – Se permite la pesca con señuelo artificial con un único anzuelo (simple, doble o triple). LD: 1 ejemplar. Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.

Terraplen (Laguna) – Chubut – Habilitada pesca todo el año. LD: 2 salmónidos, 4 percas y 6 pejerreyes.

Tigre (Río) – Chubut – Mosca solamente. Devolución obligatoria. Cierre de temporada 01/03/21.

Trafipan o Bueno (Laguna) – Chubut – Pesca habilitada con mosca y spinning. LD: 2 salmónidos menores de 35 cm.

Tucu-Tucu (Arroyo) – Chubut – Zona Corcovado. Vedado para la pesca.

Turbio (Río) – Chubut – Zona Cholila -. LD: 1 ejemplar menor de 35 cm.

Turbio (Río) – P.N. Lago Puelo y Chubut – P.N. – LD: 2 salmónidos menores de 35 cm. Ambiente compartido, ver Anexo de Parques Nacionales.

Unión (Río) – Chubut -. Mosca solamente. Devolución obligatoria.

Vicente (Arroyo) – Chubut – Afluente del Lepa – Mosca solamente. Devolución obligatoria.

Willimanco (Laguna) – Chubut – Exclusivo equipo de Mosca. Devolución obligatoria.

Wintter (o Vintter) (Lago) Río Pico – Chubut – Solo se recomiendan motores denominados de “EMISIONES ULTRA BAJAS” (4 Tiempos / 2 Tiempos a Inyección Directa). Habilitada la modalidad trolling o pesca de arrastre en cualquiera de sus formas (deriva por el viento, remo, etc.). LD: 1 ejemplar. Dentro de un círculo imaginario de 1.000 m de radio con centro en la naciente, exclusivo equipo de Mosca con devolución obligatoria. Observar la ordenanza HCD-MRP 60/12, tasa de desinfección y obligatoriedad de la misma.